sábado, 30 de abril de 2011

Seis presos políticos inician huelga de hambre

Asunción, 07 de febrero de 2011.-

FISCALÍA LO ACUSÓ DE UN DELITO SIN RELATAR HECHOS CONCRETOS

Sindulfo Agüero inicia huelga de hambre en la cárcel de Tacumbú Sindulfo Agüero (69), dirigente campesino de la Organización Campesina del Norte(OCN) inició este lunes 7 de febrero una huelga de hambre exigiendo celeridad en el proceso que se le sigue y objetividad al Ministerio Público, quien lo acusó de realizar un hecho punible sin decir qué realizó exactamente, cuándo lo realizó, cómo lo realizó. Sindulfo Agüero está preso en la cárcel de Tacumbú desde el 21 de enero de 2010, en condiciones de hacinamiento; sin tener acceso a alimentación adecuada, ni tratamiento médico acorde a las exigencias de su estado de salud. Está encerrado en una celda con más de 50 presos, entre quienes existen personas condenadas, contradiciendo mandatos constitucionales. Sindulfo Agüero fue imputado el 20 de enero de 2010 por los fiscales Sandra Quiñónez y Francisco Ayala, quienes alegaron que dio apoyo logístico al EPP. Sin embargo, los fiscales no mencionaron ningún hecho concreto que haya realizado Agüero. Se limitaron a decir que cruces de llamada lo involucran en el secuestro de Luis Linstron. El Ministerio Público pidió seis meses para investigar y demostrar la participación de Agüero en el secuestro de Linstron.

Sin embargo, al cabo de los seis meses, Sandra Quiñónez pidió se le amplíe el plazo por otros seis meses más, pues no tenía aún evidenciasen contra de Sindulfo Agüero.

Mientras, él seguía en prisión, en condiciones infrahumanas. El pasado 21 de enero de 2011, la fiscala Sandra Quiñónez acusó a Sindulfo Agüero. Sin embargo, no relató de manera concreta lo que él hizo, ni cómo lo hizo para merecer ser enjuiciado y acusado como exige el artículo 347 del Código Procesal Penal que manda quela acusación debe contener "la relación precisa y circunstanciada que se atribuye al imputado"

Juez niega acceso a texto de la acusación

El juez penal de garantías de Concepción, Jorge Benítez, quien está encargado del proceso, no ha notificado de la misma a las partes, ni tampoco permite el acceso al documento a los abogados defensores a pesar de haber transcurrido 17 días de la presentación de la acusación. Según el artículo 352 del CPP, presentada la acusación, el juez Jorge Benítez debió notificar a las partes y convocar a la audiencia preliminar en un plazo no menor de diez días, ni mayor de veinte. A los requerimientos sobre el expediente, sus funcionarios se limitan a decir, que el expediente está en el despacho, violándose nuevamente disposiciones legales.

Para más información

Juan A. Martens: 0971-255775

Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay. Capítulo Paraguayo

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